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EJERCICIO DEL TÍTULO X DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978

Selecciona la(s) palabra(s) correcta(s) en cada caso.

Artículo 166

La iniciativa de reforma constitucional se ejercerá en los términos previstos en los apartados del artículo 87.

Artículo 167

1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.

2. De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la del Senado, el Congreso, por mayoría de dos tercios, podrá aprobar la reforma.

3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.

Artículo 168

1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Titulo preliminar, al Capítulo segundo, Sección del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.

2. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.

3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación.

Artículo 169

No podrá iniciarse la reforma constitucional en o de vigencia de alguno de los estados previstos en el artículo 116.

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Procedencia imágenes

• Imagen del título preliminar: Image by Carlos Lorite from Pixabay

• Imagen del titulo I: Image by Gerd Altmann from Pixabay

• Imagen del Título II: Ministry of the Presidency. Government of Spain (Attribution or Attribution), via Wikimedia Commons

• Imagen del título III: descargada de Flickr y realizada por Txemari

• Imagen del título IV: Juan Rapullés, CC0, via Wikimedia Commons

• Imagen del título V: elaboración propia

• Imagen del título VI: Image by Venita Oberholster from Pixabay

• Imagen del título VII: Image by Gerd Altmann from Pixabay

• Imagen del título VIII: Zarateman, CC0, via Wikimedia Commons

• Imagen del título IX: Zarateman, CC0, via Wikimedia Commons

• Imagen del título X: miguelazo84, CC BY-SA 3.0, via Wikimedia Commons

• Imagen del la estructura de la Constitución: Image by aji argo putro from Pixabay