WEBSABER
MENÚ
BUSCAR
INICIO CONSTITUCIÓN HISTORIA CIUDADES MAPAS TESTS NOTICIAS INTERACTIVOS DERECHO ELECCIONES INGLÉS INFORMÁTICA PSICOTÉCNICOS
 
 

websaber.es

TEST DEL TÍTULO VIII DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978

Selecciona la respuesta correcta.

1) ¿Cómo se organiza territorialmente el Estado?

Artículo 137

El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.

2) ¿Qué entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses?

Artículo 137

El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.

3) La realización efectiva del principio de solidaridad está garantizada por el Estado:

Artículo 138

1. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad, consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo, entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.

2. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales.

4) ¿Cuántos Capítulos tiene el Título Octavo de la Constitución?

El Título VIII (De La Organización Territorial del Estado) tiene 3 Capítulos:

  • CAPÍTULO I. Principios generales.
  • CAPÍTULO II. De la Administración Local.
  • CAPÍTULO III. De las Comunidades Autónomas.

5) ¿Cuál afirmación es correcta sobre el Capítulo I del Título VIII?

El Capítulo I (principios generales) del Título VIII empieza en el artículo 137 y termina en el artículo 139:

Artículo 137

El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.

Artículo 139

1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte de territorio del Estado.

2. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español.

6) Los alcaldes serán elegidos:

Artículo 140

La Constitución garantiza la autonomía de los municipios. Estos gozarán de personalidad jurídica plena. Su gobierno y administración corresponde a sus respectivos Ayuntamientos, integrados por los Alcaldes y los Concejales. Los Concejales serán elegidos por los vecinos del municipio mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, en la forma establecida por la ley. Los Alcaldes serán elegidos por los Concejales o por los vecinos. La ley regulará las condiciones en las que proceda el régimen del concejo abierto.

7) La alteración de los límites provinciales:

Artículo 141

1. La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado. Cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por las Cortes Generales mediante ley orgánica.

2. El Gobierno y la administración autónoma de las provincias estarán encomendados a Diputaciones u otras Corporaciones de carácter representativo.

3. Se podrán crear agrupaciones de municipios diferentes de la provincia.

4. En los archipiélagos, las islas tendrán además su administración propia en forma de Cabildos o Consejos.

8) En los archipiélagos:

Artículo 141

1. La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado. Cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por las Cortes Generales mediante ley orgánica.

2. El Gobierno y la administración autónoma de las provincias estarán encomendados a Diputaciones u otras Corporaciones de carácter representativo.

3. Se podrán crear agrupaciones de municipios diferentes de la provincia.

4. En los archipiélagos, las islas tendrán además su administración propia en forma de Cabildos o Consejos.

9) La iniciativa autonómica, en caso de no prosperar:

Artículo 143

1. En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el artículo 2 de la Constitución, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas con arreglo a lo previsto en este Título y en los respectivos Estatutos.

2. La iniciativa del proceso autonómico corresponde a todas las Diputaciones interesadas o al órgano interinsular correspondiente y a las dos terceras partes de los municipios cuya población represente, al menos, la mayoría del censo electoral de cada provincia o isla. Estos requisitos deberán ser cumplidos en el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas.

3. La iniciativa, en caso de no prosperar, solamente podrá reiterarse pasados cinco años.

10) Los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma, según el artículo:

Artículo 147

1. Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico.

2. Los Estatutos de autonomía deberán contener:

a) La denominación de la Comunidad que mejor corresponda a su identidad histórica.

b) La delimitación de su territorio.

c) La denominación, organización y sede de las instituciones autónomas propias.

d) Las competencias asumidas dentro del marco establecido en la Constitución y las bases para el traspaso de los servicios correspondientes a las mismas.

3. La reforma de los Estatutos se ajustará: al procedimiento establecido en los mismos y requerirá, en todo caso, la aprobación por las Cortes Generales, mediante ley orgánica.

MÁS TESTS DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978

PROCEDENCIA DE LAS IMÁGENES

• Imagen del título preliminar: Image by Carlos Lorite from Pixabay

• Imagen del titulo I: Image by Gerd Altmann from Pixabay

• Imagen del Título II: Ministry of the Presidency. Government of Spain (Attribution or Attribution), via Wikimedia Commons

• Imagen del título III: descargada de Flickr y realizada por Txemari

• Imagen del título IV: Juan Rapullés, CC0, via Wikimedia Commons

• Imagen del título V: elaboración propia

• Imagen del título VI: Image by Venita Oberholster from Pixabay

• Imagen del título VII: Image by Gerd Altmann from Pixabay

• Imagen del título VIII: Zarateman, CC0, via Wikimedia Commons

• Imagen del título IX: Zarateman, CC0, via Wikimedia Commons

• Imagen del título X: miguelazo84, CC BY-SA 3.0, via Wikimedia Commons

• Imagen de tests variados: Image by Simon from Pixabay