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EJERCICIO DEL TÍTULO PRIMERO DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978

Selecciona la(s) palabra(s) correcta(s) en cada caso.

Artículo 18

1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad y familiar y a la propia imagen.

2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.

3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución .

4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

Artículo 19

Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.

Asimismo, tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o .

Artículo 20

1. Se reconocen y protegen los derechos:

a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.

b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.

c) A la libertad de .

d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

3. La ley regulará la organización y el control parlamentario de los dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.

4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.

5. Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.

Artículo 21

1. Se reconoce el derecho de pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará de autorización previa.

2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.

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Procedencia imágenes

• Imagen del título preliminar: Image by Carlos Lorite from Pixabay

• Imagen del titulo I: Image by Gerd Altmann from Pixabay

• Imagen del Título II: Ministry of the Presidency. Government of Spain (Attribution or Attribution), via Wikimedia Commons

• Imagen del título III: descargada de Flickr y realizada por Txemari

• Imagen del título IV: Juan Rapullés, CC0, via Wikimedia Commons

• Imagen del título V: elaboración propia

• Imagen del título VI: Image by Venita Oberholster from Pixabay

• Imagen del título VII: Image by Gerd Altmann from Pixabay

• Imagen del título VIII: Zarateman, CC0, via Wikimedia Commons

• Imagen del título IX: Zarateman, CC0, via Wikimedia Commons

• Imagen del título X: miguelazo84, CC BY-SA 3.0, via Wikimedia Commons

• Imagen de la estructura de la Constitución: Image by aji argo putro from Pixabay